
¡Hoy te traigo un temazo de los buenos! Con la entrada en vigor de la nueva normativa 74/25 llega la gran pregunta existencial: ¿Quién tiene derecho a la nacionalidad italiana? ¿Estás entre los afortunados elegidos o te tocó la rifa de la naturalización?
“Gracias” al antiguo Decreto Tajani 36 que decididió revolucionar —¡por no decir complicar!— la vida de millones de descendientes quienes llevan sangre italiana, pero no tuvieron la dicha de nacer en la generación correcta.
Por esta razón, esta Ley 74/25 creó dos grupos bien diferenciados: los hijos y nietos pueden seguir el camino tradicional por ius sanguinis, pero los demás —bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores— han sido desplazados a una categoría que los obliga a iniciar un trámite de naturalización como si fueran simples extranjeros.
Y sí, incluso teniendo un linaje 100% italiano el árbol genealógico sufrió una radical poda ¿Parece injusto? Sin duda no lo es.
Y por encima de todo, no olvides este concepto clave: inconstitucionalidad. Porque esta ley podría estar violando derechos fundamentales.
La ciudadanía italiana por descendencia es solo una de las maneras de acceder al pasaporte, aquí conocerás otras formas de obtenerlo.
¿Querés entender por qué y descubrir si estás entre los que todavía pueden reclamar lo que les corresponde? Entonces seguí leyendo…
¿QUIÉNES SON ELEGIBLES PARA OPTAR POR EL DERECHO DE LA CIUDADANÍA ITALIANA?
Las personas que pueden optar por la nacionalidad italiana, las agrupo en dos categorías:
1-Por descendencia: en este caso, están todas las personas que tienen el derecho a obtener la nacionalidad italiana, a través de sus antepasados italianos.
Y para ser elegible, se requiere demostrar un vínculo de sangre con su avo italiano, como un padre, madre y un abuelo (a).
2-Sin descendencia: obviamente a esta categoría están todas las personas que no tienen ascendencia italiana.
Por lo cual, no son elegibles para optar por la nacionalidad italiana por iure sanguinis. Pero, pueden adquirirla siempre y cuando cumplan ciertos requisitos para vivir en Italia sin ciudadanía.
Muchas de las personas que desean la ciudadanía italiana, deben tener claro la diferencia entre los dos procesos de solicitud.
La diferencia fundamental entre el reconocimiento y la concesión de la ciudadanía italiana radica en el principio en el que se basan.
El reconocimiento se basa en el derecho de sangre (ius sanguinis), donde la ciudadanía es un derecho inherente que ya posee el individuo por su descendencia de un ancestro italiano, y el proceso es simplemente una verificación de ese vínculo.
En contraste, la concesión es un acto discrecional del Estado italiano, otorgando la ciudadanía a individuos que cumplen con ciertos requisitos, como el tiempo de residencia en Italia o el matrimonio con un ciudadano italiano, lo que implica una solicitud activa y una decisión por parte de las autoridades.
A continuación, te explicaré cada una de estas categorías y podrás saber definitivamente, si eres o no elegible para optar por el derecho de la ciudadanía italiana.
¿CÓMO OBTENER LA CIUDADANÍA ITALIANA POR DESCENDENCIA?
Si naciste fuera de Italia, pero llevas en tus venas la herencia de un padre o abuelo ciudadano italiano, y además posees otra nacionalidad, ¡la ciudadanía italiana sigue siendo un derecho a tu alcance!
Este camino está claramente definido por la Circular 26185, que valida tu elegibilidad. Para asegurar que tu solicitud de reconocimiento sea exitosa bajo esta modalidad, es crucial que sigas los criterios específicos establecidos por el Ministerio del Interior de Italia.
Estos requisitos son fundamentales, actuando como un umbral que determina si tu solicitud de ciudadanía puede procesarse por la vía administrativa.
Los requisitos y documentos exigidos son:
Según la Circular 26185. Letra c): ciudadanía exclusivamente italiana para ascendientes de segundo grado
El requisito principal es:
Un padre, madre (también adoptivo/a) o abuelo debe tener —o haber tenido al momento de su fallecimiento— exclusivamente la ciudadanía italiana.
Momento en que debe cumplirse el requisito:
- La ciudadanía exclusiva debe existir en la fecha del evento que da lugar a la adquisición de la ciudadanía.
- Ejemplo: si se solicita la ciudadanía iure sanguinis, se debe verificar la situación en la fecha de nacimiento del interesado.
- Si en esa fecha el padre o el abuelo tenía exclusivamente la ciudadanía italiana, se aplica esta excepción.
- Si el progenitor o abuelo falleció antes del nacimiento, debe verificarse si en el momento del fallecimiento eran exclusivamente italianos.
Condición adicional:
- Este requisito solo opera si la línea de transmisión de la ciudadanía italiana se ha mantenido intacta.
Obligación del solicitante:
- Debe demostrar que uno de los padres o abuelos fue exclusivamente ciudadano italiano en la fecha correspondiente (nacimiento o fallecimiento).
- Las pruebas presentadas serán verificadas de oficio por la autoridad competente.
Documentos que pueden requerirse
- Certificados negativos de ciudadanía extranjera.
- Declaraciones de no renuncia a la ciudadanía italiana.
- Certificaciones de no inscripción en listas electorales extranjeras.
- Otros documentos útiles, debidamente traducidos y legalizados si están en idioma extranjero.
Importante:
- No son suficientes las simples declaraciones juradas del solicitante.
- Las declaraciones sustitutivas (según el art. 47 del Decreto Presidencial n.º 445/2000) o actas notariales solo pueden ser solicitadas preliminarmente, con el fin de iniciar las investiaciones y luego requerir la documentación probatoria necesaria.
¿Cómo pueden bisnietos y tataranietos solicitar la ciudadanía italiana?
La Ley 74/2025 ha transformado drásticamente el proceso para solicitar la ciudadanía italiana por descendencia (iure sanguinis).
Ahora, la vía administrativa prioriza a los hijos y nietos, lo que significa que si eres bisnieto o tataranieto, esta opción te ha sido restringida.
En tu caso, con la vía administrativa limitada, tu única alternativa actual es la vía judicial en Italia.
Esto implica presentar un recurso ante un tribunal italiano, donde deberás argumentar la inconstitucionalidad de la nueva ley que impone esta limitación generacional.
¿Dónde se solicitará la ciudadanía italiana a partir de ahora?
Para descendientes hasta el segundo grado, deben seguir las directrices emitidas por el nuevo Proyecto de Ley A. C. 2369 esta normativa plantea que:
Ya no se solicita en consulados ni comunas. A partir de ahora, será un órgano central del Ministerio del Interior, en coordinación con la Farnesina (Ministerio de Asuntos Exteriores), el encargado de recibir, analizar y decidir sobre todas las solicitudes.
Este cambio elimina el sistema de turnos como “Prenotami” y pone fin a los trámites en embajadas, instaurando un modelo unificado, digitalizado y con criterios homogéneos para todo el mundo.
Los consulados y comunas se limitarán exclusivamente a asistir a ciudadanos italianos ya reconocidos.
⚠️IMPORTANTE
Aunque esta propuesta busca centralizar y agilizar los trámites, lo cierto es que la ejecución ha sido confusa y descoordinada.
Mientras algunos consulados continúan asignando turnos para hijos y nietos de italianos, otros han detenido por completo este procedimiento sin una comunicación clara.
Esta disparidad ha generado desconcierto entre los solicitantes, quienes se enfrentan a un panorama incierto y desigual según el país donde inicien el trámite.
ADQUISICIÓN DE LA CIUDADANÍA POR BENEFICIO DE LEY PARA MAYORES DE EDAD
Según la circular 26185 la adquisición de ciudadanía para un descendiente de segundo grado mayor de edad por beneficio de ley es:
El extranjero o apátrida puede adquirir la ciudadanía italiana si:
- Su padre, madre o uno de sus abuelos fue o es ciudadano italiano por nacimiento.
Al cumplir la mayoría de edad:
- Reside legalmente en Italia desde hace al menos dos años.
- Declara, dentro del año siguiente al cumplimiento de la mayoría de edad, que desea adquirir la ciudadanía italiana.
A pesar de las restricciones impuestas por la nueva ley, obtener la ciudadanía italiana sigue valiendo la pena por los múltiples beneficios que ofrece.
Entre ellos, acceso a la Unión Europea, oportunidades laborales internacionales y derechos plenos como ciudadano europeo. Ver más: 12 beneficios de la ciudadanía italiana
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¿CÓMO OBTENER LA NACIONALIDAD ITALIANA SIN TENER DESCENDENCIA?
1. Ciudadanía Italiana por Matrimonio (Ius Matrimonii)
La primera forma es una de las más conocidas: por matrimonio. Según el artículo 5 de la ley 91/92:
- Si el cónyuge extranjero reside en Italia: puede solicitar la ciudadanía tras 1 año de residencia legal posterior al matrimonio.
- Si reside en el extranjero: debe esperar 3 años desde la fecha del matrimonio.
Estos plazos se reducen a la mitad si la pareja tiene hijos, ya sean biológicos o adoptados. Es importante que el matrimonio no esté disuelto ni legalmente separado al momento de la solicitud. Ciudadanía italiana a través del matrimonio.
Además, se debe acreditar el nivel B1 de conocimiento del idioma italiano.
2. Ciudadanía Italiana por Residencia
La segunda forma es por residencia legal en Italia. Es menos conocida, pero muy útil para muchas personas. Los plazos varían según el caso:
- Extranjeros no pertenecientes a la UE: 10 años de residencia legal en Italia. Estos años fueron ratificados por el resultado del referéndum ciudadanía italiana 2025.
- Ciudadanos de la UE: 4 años de residencia legal.
- Apátridas o refugiados: 5 años desde el reconocimiento de su estatus.
- Extranjeros adoptados por ciudadanos italianos: 5 años después de la adopción.
- Extranjeros que hayan servido al Estado italiano por al menos 5 años, incluso desde el extranjero.
Requisitos importantes:
- Residencia legal e ininterrumpida.
- Certificación de idioma italiano (nivel B1).
- Ingresos económicos: deben cumplir ciertos umbrales durante los 3 años anteriores a la solicitud:
- 8.263 € anuales si no se tienen personas a cargo.
- 11.362 € anuales si se tiene un cónyuge a cargo, más 516 € por cada dependiente adicional.
Estos ingresos deben mantenerse hasta que se complete el procedimiento.
3. Ciudadanía por Nacimiento en Italia (Ius Soli)
La tercera forma es para personas nacidas en Italia de padres extranjeros. Según el artículo 4, párrafo 2 de la ley 91/92:
- Deben haber residido legal y sin interrupciones en Italia desde su nacimiento hasta cumplir 18 años.
- A los 18 años, tienen 1 año para presentar la solicitud ante el municipio.
Si el municipio no informa al joven sobre esta posibilidad, aún puede solicitarla después de los 19 años.
También existe el caso de adquisición automática:
- Cuando un niño nace en Italia de padres desconocidos, apátridas o cuyos países no transfieren ciudadanía a los hijos nacidos en el extranjero.
- También si no se puede probar que el menor posee otra ciudadanía.
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4. Ciudadanía por Adopción o Reconocimiento
La cuarta forma de obtener la ciudadanía italiana es mediante adopción o reconocimiento de filiación.
Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva Ley 74/25, este camino ya no otorga la ciudadanía de manera automática al menor extranjero adoptado por un ciudadano italiano.
Ahora, se requiere una declaración expresa por parte del padre, madre o tutor, y cumplir con requisitos adicionales, como la residencia legal continua del menor en Italia durante al menos dos años.
Este cambio representa un giro importante en la protección automática que antes se ofrecía a los menores en contextos de adopción o filiación reconocida.
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Espero con esta información, haberte aclarado las dudas de ¿Quién tiene derecho a la nacionalidad italiana?
Si eres descendiente de italianos ¿Qué estás esperando para tramitar tu ciudadanía?
Así que, ¡Anímate! ¡No renuncies a tu sueño de ser un Ciudadano Italiano!
Hemos tenido el placer de acompañar a muchos descendientes de italianos a cumplir ese sueño y obtener la ciudadanía por la vía judicial.
Yo personalmente y todo el Team ItaloTribu está a tu disposición.
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