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EL PODER DEL ESTADO PARA DECIDIR QUIÉN TIENE DERECHO A LA CIUDADANÍA ITALIANA

EL PODER DEL ESTADO PARA DECIDIR QUIÉN TIENE DERECHO A LA CIUDADANÍA ITALIANA

Para quienes desean recuperar el vínculo con sus raíces y acceder a la ciudadanía italiana por descendencia, comprender el poder del Estado para decidir quién tiene derecho a la ciudadanía italiana no es un simple detalle legal, sino una clave fundamental para transitar este proceso con éxito.

Hoy me propongo explicarte por qué esta facultad estatal —aunque parezca lejana o meramente jurídica— afecta directamente tu posibilidad de ser reconocido como ciudadano italiano, incluso si tu linaje es claro y comprobable.

Sin embargo, el Gobierno como parte del Estado italiano ha mostrado su mayor fuerza con la imposición del Decreto Ley 36/2025, más conocido como Decreto Tajani, que ha reactivado el debate sobre hasta qué punto Italia puede —o debe— establecer nuevas restricciones para el reconocimiento de la ciudadanía por descendencia.

También, te explicaré qué margen de acción conserva el Estado italiano, qué límites impone el derecho europeo y, sobre todo, cómo anticiparte a estos cambios para no perder tu oportunidad.

Porque tu derecho a ser italiano podría estar al alcance de tu mano.

Tabla de contenidos:

¿POR QUÉ EL ESTADO PUEDE DECIDIR QUIÉN TIENE DERECHO A LA CIUDADANÍA ITALIANA?

¿QUÉ SE ENTIENDE POR ESTADO Y POR QUÉ DECIDE QUIÉN TIENE DERECHO A LA CIUDADANÍA ITALIANA?

Antes de profundizar en la ciudadanía italiana, conviene aclarar que el concepto de Estado no tiene una única definición rígida, sino que puede adquirir distintas acepciones según el contexto en que se utilice.

Por ello, vamos a detenernos en una cuestión clave que muchas veces pasa desapercibida: ¿qué es el Estado y por qué tiene el poder de decidir quién puede ser ciudadano?

Es de puntualizar, que el Estado esta integrado por tres elementos fundamentales Gobierno, territorio y nación.

El primero de ellos, el gobierno, en el caso de Italia está compuesto por el Presidente del Consejo de Ministros y su gabinete de ministros, con capacidad de dictar leyes, ejercer autoridad y establecer vínculos con otros países.

Segundo, su territorio es la base física y geográfica, es decir, es la superficie terrestre compuesto por 20 regiones, provincias, comunas, espacios marítimos e insulares sobre la cual se asienta la nación.

Tercero, la nación se refiere al grupo habitantes que comparten los mismo lazos históricos, culturales e identidad dentro de sus límites territoriales. Es decir, hablan el idioma italiano y mantienen tradiciones culturales profundamente arraigadas, etc.

En otra perspectiva

Desde el punto de vista jurídico, el Estado es una entidad soberana que tiene la capacidad legal para crear leyes, impartir justicia, firmar tratados y tomar decisiones válidas dentro y fuera de su territorio.

Representa oficialmente al país, y su autoridad se ejerce conforme a un marco normativo —como la Constitución y las leyes— que establece cómo se organiza, qué funciones tienen y qué derechos y deberes poseen sus ciudadanos.

Es decir, el Estado no solo crea leyes, sino que también tiene la autoridad para aplicarlas y organizar la vida pública dentro de su territorio.

Bajo esta estructura, el Estado italiano tiene la potestad legal de fijar los criterios de adquisición de la ciudadanía. Esa facultad se traduce en normas concretas que definen quiénes pueden ser reconocidos como italianos, incluso si nacieron en el extranjero.

Como verás más adelante, esta competencia se ha reforzado —y al mismo tiempo desafiado— con la reciente entrada en vigor del Decreto Ley 36/2025, conocido como Decreto Tajani, que introduce nuevas condiciones en el proceso de reconocimiento por descendencia.

CIUDADANÍA ITALIANA EN EL MARCO DEL DERECHO INTERNACIONAL Y EUROPEO

CIUDADANÍA ITALIANA EN EL MARCO DEL DERECHO INTERNACIONAL Y EUROPEO

Desde hace casi un siglo, el derecho internacional reconoce con claridad que cada país posee la facultad exclusiva de definir quiénes integran su cuerpo ciudadano.

Esta potestad —amparada por:

  • El artículo 1 del Convenio de La Haya de 1930— permite a los Estados establecer, mediante sus leyes internas, los criterios para atribuir o retirar la ciudadanía.
  • Código Civil francés de 1804, artículo 3, párrafo 3: Las leyes sobre el estado y la capacidad de las personas se aplican a los ciudadanos franceses, incluso si residen en el extranjero.
  • Código Civil italiano de 1865, artículo 6: Las leyes de la nación a la que pertenece una persona rigen su estado civil y capacidad jurídica, así como las relaciones familiares. Este artículo fue recogido luego en el artículo 17 del Código Civil de 1942
  • Posteriormente, la Ley de Reforma del Derecho Internacional privado (Ley 218/1995) derogó el artículo 17, y estableció en el artículo 20 que “la capacidad jurídica de las personas naturales se rige por su legislación nacional”.

Sin embargo, esta facultad que tienen los Estados para decidir sobre la ciudadanía no es absoluta. Hoy en día, existen normas supranacionales, es decir, que funcionan por encima de las leyes de cada país y que establecen límites que los Estados deben respetar.

Por eso, el Estado Italiano no puede actuar de forma totalmente independiente, especialmente cuando sus decisiones afectan derechos reconocidos a nivel europeo o internacional.

No obstante, el escenario actual se complejiza con la irrupción de normas europeas y con la realidad social de la inmigración italiana, especialmente en América Latina, donde miles de descendientes reclaman el reconocimiento de su ciudadanía por ius sanguinis.

En este contexto, la reciente propuesta del Decreto Ley 36/2025, conocido como “Decreto Tajani”, vuelve a poner sobre la mesa el debate acerca de hasta dónde puede extenderse la soberanía del Estado italiano en materia de ciudadanía.

La iniciativa plantea nuevas condiciones para el reconocimiento por descendencia, lo que genera tensiones frente a fenómenos transnacionales como la diáspora italiana y la creciente demanda de ciudadanía desde el exterior.

Esto obliga a repensar el equilibrio entre el derecho del Estado a decidir los criterios de obtención de la ciudadanía italiana por descendencia en el siglo XXI.

Decreto Ley 36/2025: una cuestión que trasciende fronteras

Lo que está en juego no es solo una definición jurídica: es una disputa por el sentido de pertenencia y la memoria histórica.

La ciudadanía italiana, al menos en su versión originaria por descendencia, no es un privilegio otorgado discrecionalmente por el Estado, sino un derecho que emana de una conexión de sangre reconocida por generaciones de legislación.

Por eso, las decisiones que Italia tome en esta materia no solo afectarán su política interna, sino que resonarán en todo el espacio europeo y más allá. Porque quien es ciudadano italiano, también lo es de la Unión Europea.

Y porque cualquier intento de redefinir los límites de la ciudadanía pone inevitablemente en tensión el principio de soberanía con las garantías del derecho comunitario.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido enfático al establecer que si bien cada país miembro conserva la prerrogativa (derecho, privilegio o facultad especial) de definir su ciudadanía, esa atribución no puede ejercerse de manera absolutamente independiente del marco jurídico comunitario.

Un ejemplo de ello, es que Italia reconoce la doble e incluso múltiples ciudadanía demostrando así su autonomía en determinar quiénes pueden acceder a este derecho.

Es entonces, que el Estado italiano tiene la facultad de establecer los criterios para otorgar la ciudadanía, pero no puede ejercer ese poder de forma ilimitada.

Sus decisiones deben estar enmarcadas en los límites que impone su propia Constitución, el respeto a los principios del derecho europeo y los compromisos internacionales asumidos por Italia. Estos marcos garantizan que la regulación de la ciudadanía no vulnere derechos fundamentales ni afecte la seguridad jurídica de las personas.

El equilibrio entre la soberanía del Estado Italiano para regular su ciudadanía y las exigencias del derecho europeo exige una mirada crítica y rigurosa.

Esto cobra especial relevancia cuando se trata de situaciones que impactan en derechos derivados de la ciudadanía europea.

Por ejemplo, ante una posible revocación de la ciudadanía nacional —y por ende, de la ciudadanía europea—, los Estados deben justificar su decisión conforme al principio de proporcionalidad: demostrar que la medida es necesaria, adecuada y razonable en relación con el objetivo perseguido.

Este principio representa un contrapeso importante frente a eventuales excesos en el ejercicio de la soberanía.

Es de aclarar que:

En particular, la situación se vuelve delicada cuando se trata de descendientes y que, a raíz de nuevas reformas legislativas, corren el riesgo de perder la oportunidad de solicitar su reconocimiento, sin haber cometido ninguna acción que justifique esa acción.

La aprobación del Decreto Ley 36/2025 (Decreto Tajani) representa claramente un exceso en el ejercicio de la soberanía estatal, ya que introduce restricciones que trasgreden lo establecido previamente por la Ley n.º 91 de 1992, norma que sigue siendo el marco de referencia vigente para el reconocimiento de la ciudadanía por descendencia

Este tipo de medidas genera dudas jurídicas porque puede afectar derechos ya reconocidos y crear inseguridad legal, sobre todo si no se respetan principios como la equidad y la confianza legítima.

Para finalizar

El poder del Esatdo para decidir quién tiene derecho a la ciudadanía italiana y el Decreto Ley 36/2025 representan un punto de inflexión en esta discusión, que debe abordarse no solo desde la técnica jurídica, sino también desde una comprensión profunda de sus consecuencias humanas y sociales.

Para los millones de descendientes de italianos en el mundo, entender estos procesos no es solo una cuestión legal: es también una forma de defender el derecho a la identidad y a la herencia cultural que les pertenece por historia y por derecho. Podemos ayudarte a lograr tu ciudadanía.

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