
Si estás buscando el camino correcto para obtener tu ciudadanía, este caso te darán ganas de seguir luchando. Un Tribunal italiano derriba el Decreto Tajani, esta reciente sentencia dictada por el Tribunal de L’Aquila benefició a treinta y uno ítalo descendientes, reafirmando principios fundamentales que hoy más que nunca vale la pena recordar.
La decisión sienta un precedente firme: la ciudadanía italiana por descendencia sigue siendo válida bajo los principios de la Ley 91 de 1992.
Descubre hoy, por qué este fallo contradice lo dicho por el Decreto Tajani, cómo se reafirma el carácter imprescriptible y permanente del derecho a la ciudadanía, y por qué la doble nacionalidad no representa un impedimento legal.
Y aunque estos últimos meses hayan estado marcados por incertidumbre, noticias desalentadoras y escenarios oscuros, esta sentencia es una luz en el camino.
Es un recordatorio de que todavía existen motivos reales para no bajar los brazos. Cuando la justicia actúa con coherencia, te renueva la fuerza para seguir reclamando lo que te pertenece. No dejes que te lo quiten.
TRIBUNAL ITALIANO DERRIBA DECRETO TAJANI: el caso en cuestión
El caso se centró en una familia con raíces profundas en el pequeño municipio de Capistrello, ubicado en la región de Abruzos, al centro de Italia.
El antepasado, nacido en 1875, emigró a Brasil a comienzos del siglo XX, como tantos otros italianos que buscaban mejores condiciones de vida en América Latina.
A pesar del paso del tiempo y la distancia geográfica, sus descendientes conservaron el vínculo con su historia familiar, logrando reconstruir una línea genealógica precisa y detallada que permitió presentar el caso ante la justicia italiana.
Esto demuestra que, cuando se cuenta con una documentación sólida, especialmente en lo que respecta a la no naturalización del antepasado, el reconocimiento de la ciudadanía italiana es posible incluso en contextos legales complejos como el actual, y constituye una base firme para desafiar las interpretaciones restrictivas del Decreto Tajani.
⚠️Es de recordar, que:
El Decreto Tajani (Decreto-Ley 36/2025) convertido en Ley 74/25 limita el acceso a la ciudadanía italiana por descendencia solo a hijos y nietos de italianos nacidos en el extranjero, excluyendo totalmente a los bisnietos y tataranietos.
Además, existe la posibilidad de centralizar los trámites en una oficina en Roma, impone nuevos requisitos, mayores costos y plazos más estrictos.
Esta reciente normativa, ha sido duramente criticada por restringir derechos y por su posible inconstitucionalidad frente a la Ley 91/1992.
TRIBUNAL ITALIANO: ARGUMENTOS QUE CONTRADICEN EL DECRETO TAJANI
1. La ciudadanía es un derecho permanente e imprescriptible
La jueza que llevó el caso sostuvo que la condición de ciudadano italiano, una vez adquirida por nacimiento, descendencia y naturalización no caduca con el tiempo ni puede ser revocada por razones administrativas.
Solo puede perderse de forma voluntaria, ya sea mediante renuncia expresa o tácita.
Esta afirmación contradice directamente el enfoque del Decreto Tajani, que pretende imponer plazos implícitos o limitaciones no previstas por la ley para ejercer ese derecho.
Según la sentencia, el estatus de “cittadino italiano” forma parte de la identidad jurídica del individuo y no prescribe jamás, sin importar el tiempo transcurrido ni la generación descendiente que lo reclama.
2. La doble ciudadanía no es un obstáculo
Uno de los pilares del Decreto Tajani es la idea de que la existencia de otra ciudadanía —como en este caso la brasileña— podría impedir el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia.
La jueza refuta esta interpretación de forma categórica: nacer con una nacionalidad ius soli no excluye ni anula la ciudadanía ius sanguinis italiana heredada.
Además, invoca fallos judiciales históricos, como los de 1902 y 1907, que ya admitían la doble nacionalidad como algo plenamente compatible con el ordenamiento jurídico italiano.
Por tanto, el intento del Decreto Tajani de condicionar la ciudadanía a la exclusividad nacional resulta incompatible con la tradición jurídica y constitucional italiana.
3. El derecho a la ciudadanía no depende de la política
La sentencia deja en claro que el derecho a la ciudadanía no es una concesión del Estado ni puede estar sujeto a criterios administrativos o decisiones políticas coyunturales.
La jueza reafirma que se trata de una condición jurídica inherente, con base constitucional, que no puede ser anulada o limitada por decretos como el Tajani, que buscan endurecer los requisitos fuera del marco legal ordinario.
Cualquier intento de hacerlo representa una distorsión jurídica contraria a los principios de igualdad y legalidad.
4. Los documentos genealógicos validan la transmisión
En el caso específico, los solicitantes demostraron fehacientemente su descendencia de un italiano nacido en 1875 y emigrado a Brasil.
Lo hicieron mediante documentación probatoria sólida que certifica dos elementos clave:
- La línea genealógica ininterrumpida
- y la ausencia de naturalización del antepasado, lo cual preserva la transmisión del derecho.
Este punto es crucial porque prueba que la ciudadanía nunca fue interrumpida jurídicamente.
La existencia de registros válidos bastó para restablecer ese vínculo sin que existieran requisitos adicionales, lo que contradice cualquier intento del Decreto Tajani de exigir condiciones nuevas, como una “residencia efectiva” o renuncias no previstas en la ley.
5. El poder judicial protege los derechos fundamentales
La jueza pone en evidencia que, ante los intentos administrativos de restringir derechos, la vía judicial se convierte en el camino legítimo para reafirmar principios constitucionales.
La sentencia representa un contrapeso frente a decisiones políticas restrictivas, como las impuestas por el Decreto Tajani.

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CIRCULAR 0026185: NUEVOS REQUISITOS PARA SOLICITAR LA CIUDADANÍA ITALIANA

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TRIBUNAL ITALIANO DERRIBA DECRETO TAJANI MARCA UN PRECEDENTE
Por un lado, esta sentencia marca un referente contundente en favor de la vía judicial como herramienta legítima para obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana por ius sanguinis, sin importar el número de generaciones.
Al contradecir abiertamente las restricciones impuestas por el Decreto Tajani, el tribunal reafirma que la ciudadanía es un derecho transmisible por sangre no sujeto a condicionamientos políticos ni administrativos.
Esta interpretación fortalece la vía judicial como la única salida válida cuando las oficinas consulares niegan el derecho por criterios ilegales o arbitrarios.
Por otro lado, este fallo también abre paso a la vía de la inconstitucionalidad como un camino cada vez más relevante frente a las disposiciones del Decreto Tajani.
Al defender la supremacía de la Constitución y de los principios históricos del ordenamiento jurídico italiano, la sentencia evidencia que las normas administrativas no pueden vulnerar derechos fundamentales como la ciudadanía por descendencia.
En este contexto, quienes han sido excluidos injustamente podrían no solo acudir a la justicia ordinaria, sino también impulsar acciones de inconstitucionalidad que cuestionen la validez del decreto en su conjunto.
Finalmente,
Aunque el caso en cuestión corresponde a un proceso judicial iniciado antes de la entrada en vigor de la nueva ley de ciudadanía italiana, la sentencia emitida por el Tribunal de L’Aquila no solo constituye una victoria individual para treinta y un descendientes ítalo brasileños, sino que también sienta una jurisprudencia relevante que podría reabrir el camino judicial hacia la ciudadanía italiana para decenas de miles de personas afectadas por la nueva normativa.
Esta reciente sentencia pone en evidencia cómo el poder judicial aún puede actuar como garante de los derechos fundamentales, reconociendo la ciudadanía italiana como un vínculo legítimo y permanente, más allá de los límites que intenta imponer la nueva normativa.
Si vos también sos descendiente de italianos y sentís que la ley te ha cerrado puertas, podemos ayudarte a comenzar un proceso legal sólido, estratégico y bien acompañado.
Para finalizar este relato, recordá que tu derecho a la ciudadanía no se pierde, se defiende.
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