
Si estás buscando claridad en medio de tantas dudas, hoy te comparto un análisis sobre recientes decisiones judiciales emitidas por los tribunales de Génova y Milán y sobre cómo estas resoluciones se insertan dentro del debate actual generado por la Ley 74/2025 en materia de ciudadanía italiana.
En los últimos meses, muchos descendientes de italianos han seguido con atención los cambios normativos y las discusiones jurídicas surgidas a partir de la reforma introducida en 2025.
En este contexto, algunas decisiones judiciales recientes han llamado la atención porque analizan cuestiones vinculadas a la aplicación de la nueva normativa y a principios jurídicos tradicionalmente asociados a la ciudadanía por descendencia.
Entre los aspectos abordados por estos tribunales aparecen temas relevantes como la valoración de la prueba, el alcance de determinadas restricciones introducidas por la reforma y la protección de situaciones jurídicas que continúan siendo objeto de debate en distintas sedes judiciales.
A continuación veremos qué resolvieron concretamente los tribunales de Génova y Milán, cuáles fueron sus argumentos y qué relevancia pueden tener estas decisiones dentro del escenario jurídico actual.
También analizaremos por qué numerosos descendientes como siguen observando con atención la evolución de la vía judicial, especialmente en aquellos casos donde existen controversias sobre la aplicación de la normativa vigente o dificultades para avanzar por otras vías administrativas.
¿QUÉ CONTRADICEN LOS DOS TRIBUNALES ITALIANOS SOBRE LA NUEVA LEY DE CIUDADANÍA ITALIANA?
Antes de profundizar en cómo dos de los tribunales italianos más importantes de Italia están enfrentando la reforma de 2025, es fundamental que entiendas un concepto jurídico que se ha vuelto el centro del debate: la carga de la prueba.
Porque, aunque parezca un detalle técnico, determina quién debe demostrar qué en un juicio de ciudadanía italiana, y hoy es precisamente este punto el que está generando mayores obstáculos para miles de descendientes como vos.
Carga de la prueba en el trámite de ciudadanía italiana
En términos generales, la carga de la prueba (onere della prova en italiano) es la obligación de una de las partes en un juicio de demostrar la verdad de sus afirmaciones ante el juez.
Si una parte no logra aportar las pruebas necesarias para sustentar lo que afirma, el juez fallará en su contra.
Es un concepto legal fundamental que ha sido profundamente modificado por el Decreto-Ley 36/2025, convertido en Ley 74/2025.
Y esta modificación nos lleva al Decreto Legislativo 1 de septiembre de 2011, n. 150 norma legal italiana que introduce “Disposiciones complementarias al código de procedimiento civil en materia de reducción y simplificación de los procedimientos civiles de conocimiento”.
Especificamente, el art. 19-bis de este decreto trata sobre las controversias relativas a la verificación del estado de apatridia y de la ciudadanía italiana, la cual fue objeto de actualizaciones, en sus párrafos (2-bis y 2-ter). Aquí te las explico.
1. La prueba documental (Art. 19-bis, apartado 2-bis)
La reforma incorporó una disposición específica sobre los medios de prueba admisibles en los procedimientos judiciales relacionados con la verificación de la ciudadanía italiana.
El artículo 19-bis, apartado 2-bis, establece:
“Salvo los casos expresamente previstos por la ley, en las controversias en materia de verificación de la ciudadanía italiana no están permitidos el juramento ni la prueba testimonial.”
Esta disposición tiene relevancia práctica porque limita la utilización de determinados medios probatorios tradicionalmente admitidos en otros tipos de procesos.
En consecuencia, la acreditación de los hechos relevantes del caso adquiere una dependencia aún mayor de la documentación disponible, como registros civiles, certificados, actas y demás elementos documentales admitidos por la normativa aplicable.
Por ello, la correcta reconstrucción documental de la línea de descendencia y la obtención de los documentos necesarios adquieren una importancia central dentro de este tipo de procedimientos.
El alcance concreto de esta disposición y su aplicación práctica continúan siendo objeto de análisis e interpretación dentro del ámbito jurídico italiano.
2.- El cambio clave (Art. 19-bis, párrafo 2-ter)
La nueva ley de 2025 también modificó el Artículo 19-bis del Decreto Legislativo 150/2011, introduciendo el párrafo 2-ter, que establece un cambio fundamental en los juicios de ciudadanía:
“En las controversias en materia de verificación de la ciudadanía italiana, quien solicita la verificación de la ciudadanía está obligado a alegar y probar la inexistencia de las causas de no adquisición o de pérdida de la ciudadanía previstas por la ley.”
⚠️ Lo que significa en la práctica
Uno de los debates actuales se centra en la documentación exigida para demostrar que no existieron causas de pérdida o interrupción de la ciudadanía dentro de la línea de descendencia.
En muchos casos, obtener estos documentos puede resultar complejo debido a la antigüedad de los hechos, registros incompletos o archivos históricos inexistentes.
Por ello, especialistas y tribunales discuten cuál debe ser el alcance razonable de la carga de la prueba y qué documentación puede exigirse legítimamente a los solicitantes.
Las reformas introducidas por la Ley 74/2025 han reabierto este debate, cuyo alcance práctico continúa siendo analizado y definido por la jurisprudencia italiana.
DOS TRIBUNALES ITALIANOS CUESTIONAN LA NUEVA LEY DE CIUDADANÍA ITALIANA: casos
Estos tribunales devolvieron equilibrio en un momento en el que muchos pensaban que todo estaba perdido, reafirmando que la ciudadanía por sangre no puede ser borrada por cambios improvisados.
Aquí te presento ambos casos y comprendas por qué marcaron un antes y un después en la defensa de tus derechos como descendiente italiano.
📌Caso 1: Corte de Apelaciones de Génova (29 de octubre de 2025)
En Génova, el 29 de octubre, una sala de apelaciones volvió a abrir una historia que había empezado mucho antes, en un puerto del siglo XIX.
Sobre la mesa estaba la vida de un italiano que emigró de la región de Liguria y que un día se embarcó rumbo a Uruguay, sin imaginar que, más de cien años después, sus descendientes tendrían que defender ante un tribunal algo tan simple como su derecho a seguir siendo italianos.
La primera sentencia les había cerrado la puerta. Pero la apelación la volvió a abrir de par en par.
El juez genovés no se dejó guiar por suposiciones modernas, sino por las reglas que existían cuando aquel antepasado vivía: el Código Civil Albertino de 1837.
Allí, la pérdida de ciudadanía era algo extraordinario y solo podía ocurrir en dos situaciones muy precisas:
- naturalizarse voluntariamente en otro país, o
- demostrar, con actos claros y previos al viaje, una voluntad firme de no regresar jamás —el famoso animus non revertendi.
Entonces surgió la pregunta clave, casi como un latido en la sala: ¿Dónde están las pruebas de que este hombre quiso dejar de ser italiano?
No había nada. Ni una declaración. Ni un documento. Ni un gesto inequívoco. Solo había la vida normal de un inmigrante que buscó trabajo, formó una familia y echó raíces donde pudo.
Y eso, dijó el juez, no puede interpretarse como una renuncia a la italianidad.
🚨Un recordatorio importante
El tribunal recordó que los principios del derecho internacional y la jurisprudencia italiana exigen analizar con cautela cualquier supuesto de pérdida de ciudadanía.
Según la sentencia, la existencia de una causa de pérdida no puede presumirse automáticamente, sino que debe acreditarse mediante elementos concretos y verificables.
La sala también examinó el impacto de las reformas recientes sobre la carga de la prueba y la aplicación de nuevas reglas a situaciones históricas, un tema que sigue siendo debatido en distintos tribunales italianos.
Finalmente, la Corte concluyó que, en el caso concreto, los elementos aportados justificaban reconocer la pretensión de los descendientes, revocando así la decisión de primera instancia.
📌Caso 2: Tribunal de Milán (30 de octubre de 2025)
Un día después del caso de Génova, el Tribunal de Milán analizó la situación de una familia argentina cuyo proceso había comenzado antes de la reforma de 2025.
La Fiscalía intentó aplicar las nuevas reglas probatorias introducidas por el Decreto Tajani, pero el tribunal consideró que esas disposiciones no podían extenderse automáticamente a procedimientos ya iniciados.
Según los jueces, hacerlo habría planteado interrogantes sobre principios como la confianza legítima, la razonabilidad y las garantías procesales.
Para resolver el caso, el tribunal recurrió a una interpretación conforme a la Constitución, privilegiando una lectura de la norma compatible con los principios constitucionales.
De este modo, concluyó que las nuevas exigencias probatorias no resultaban aplicables al expediente analizado y reconoció la pretensión de la familia.
La decisión adquirió relevancia porque volvió a poner en el centro del debate la cuestión de la carga de la prueba y los límites de la aplicación de las reformas a procedimientos iniciados bajo reglas anteriores.
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GÉNOVA Y MILÁN DOS TRIBUNALES QUE CONTRADICEN LA NUEVA LEY DE LA CIUDADANÍA ITALIANA
En los tribunales de Génova y Milán surgieron decisiones que abordaron una cuestión central del debate actual: la aplicación de las nuevas reglas probatorias introducidas por la reforma de 2025 a situaciones y procedimientos iniciados bajo marcos normativos anteriores.
En ambos casos, los jueces analizaron el alcance de las nuevas exigencias probatorias y su compatibilidad con principios jurídicos como la razonabilidad, la seguridad jurídica y las garantías procesales.
Las sentencias adquirieron relevancia porque reflejan cómo distintos tribunales están interpretando la reforma y los límites de su aplicación en casos concretos.
Estas decisiones se suman a otros procesos actualmente en curso y muestran que varias de las cuestiones planteadas por la Ley 74/2025 continúan siendo objeto de análisis y debate dentro del sistema judicial italiano.
Mientras otros tribunales han promovido cuestionamientos de constitucionalidad y nuevas remisiones a instancias superiores, Génova y Milán ofrecen ejemplos de cómo los jueces pueden abordar estas controversias mediante la interpretación de las normas aplicables a cada caso.
En este contexto, la evolución de la jurisprudencia seguirá siendo un elemento relevante para comprender cómo se aplicarán las reformas recientes y cuál será su impacto sobre los distintos procedimientos vinculados a la ciudadanía italiana por descendencia.
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En un contexto marcado por reformas, debates jurídicos y criterios judiciales en evolución, las recientes decisiones de los tribunales de Génova y Milán han adquirido relevancia dentro de la discusión actual sobre ciudadanía italiana por descendencia.
Más allá del resultado concreto de cada expediente, estos fallos muestran que distintas cuestiones vinculadas a la aplicación de la Ley 74/2025 continúan siendo analizadas por los tribunales italianos y que el debate jurídico permanece abierto en varios aspectos relevantes.
Las resoluciones examinadas ponen de manifiesto la importancia de la interpretación judicial en materias complejas, especialmente cuando confluyen cambios normativos, principios constitucionales y situaciones familiares que se remontan a varias generaciones.
Si estás evaluando avanzar por la vía judicial, resulta fundamental analizar previamente la documentación disponible, la línea de descendencia y las características específicas de tu caso.
Desde nuestro equipo podemos acompañarte en ese proceso, evaluando la viabilidad jurídica de tu situación y brindándote asesoramiento durante cada etapa del procedimiento, para que puedas tomar decisiones informadas dentro del marco legal vigente.
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Fuente oficial
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Aviso de Transparencia:
El contenido aquí expuesto es de carácter puramente informativo, basado en el análisis de la actualidad y la experiencia en el sector de la ciudadanía italiana Iure Sanguinis. Esta información no constituye asesoramiento legal, profesional ni vinculante. Cada caso es particular y debe ser analizado en detalle.



